Resumen
El documento se estructuró teniendo en cuenta el siguiente orden: i) objetivos, ii)
definiciones, iii) situación de salud, iv) principios orientadores, v) normatividad: internacional
y nacional, vi) enfoques que soportan el lineamiento: de derechos, de
género y diversidades e identidades sexuales, e interseccional y vii) los lineamientos
de atención ordenado en tres niveles[...] En el punto vii) presenta Recomendaciones particulares sobre el enfoque diferencial,
de género y no discriminación para personas LGBTI, cuyo propósito es sensibilizar
a quienes dirigen las instituciones y también a los trabajadores y trabajadoras
en salud para que reconozcan las voces de las personas LGBTI, se calcen sus zapatos
y comprendan la importancia de reconocerlas como sujetos de derechos, y por lo
tanto, la importancia de identificar sus necesidades específicas y de dar respuestas
integrales efectivas que mejoren su salud y calidad de vida. Al final del documento se presenta dos anexos: i) Síntesis de las recomendaciones
para el personal de salud e institucional, producto de los 11 grupos focales; y ii) Sentencias
de la Corte Constitucional relacionadas con la salud, que se proponen para
complementar la visión y ampliar la comprensión sobre el enfoque diferencial, de
género y no discriminación para personas LGBTI.
Se espera que este lineamiento permita a las instituciones de salud y a sus trabajadores,
hombres y mujeres, aproximarse de mejor manera al enfoque de derechos,
diferencial, de identidades de género y orientaciones sexuales, para ampliar sus
conocimientos y mejorar sus prácticas en el abordaje de las personas LGBTI sin
estigma ni discriminación, bajo el reconocimiento de la dignidad humana como el
más alto valor que han construido las sociedades y los Estados.