Resum
En nuestro derecho, la situación de los menores transexuales todavía no ha sido abordada en su integridad. La Constitución y demás legislación ofrecen un marco protector de sus derechos. La regulación sobre la situación de estos se ha producido dentro de la legislación de algunas comunidades autónomas (CC. AA.) sobre identidad de género; en ellas se reconoce el derecho a recibir protección de los poderes públicos y a la atención integral de sus necesidades, aunque es muy parca y se opera en dos ámbitos concretos, el educativo y el sanitario, si bien en este último no se contemplan todas las complejas cuestiones que se plantean en la realidad social. No obstante, dicha referencia es de importancia transcendental, pues es la primera vez que expresamente se regula la situación de dichos menore