Resumen
Aunque ni los principales instrumentos de Derechos Humanos (con la Declaración de 1948 a la cabeza) ni del Derecho de los Refugiados mencionan a las personas LGBTI, a lo largo de las últimas décadas han sido interpretadas para extender su protección a los refugiados por razones de orientación sexual o identidad de género. Sin embargo, con frecuencia se han encontrado con un importante obstáculo que les dificulta acceder a la protección internacional: la pervivencia de estereotipos y prejuicios sobre el género, el comportamiento o la sexualidad que minan la credibilidad de su testimonio. En este trabajo se evalúan los más habituales y cómo han sido tratados en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE.