Resum
El derecho a la educación es un derecho reconocido en la Constitución Española
de 1978. En su artículo 27, en el primer apartado, se expone que todas las personas tienen el
“derecho a la educación” y a la “libertad de enseñanza”, y en el apartado segundo se especifica
que la educación tendrá por objetivo “el pleno desarrollo de la personalidad en el respeto a los
principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales”. Entender
que el objetivo de la educación es el pleno desarrollo de la personalidad nos deriva inevitablemente
a la dimensión sexuada de los seres humanos, lo que justifica la incorporación de la Educación
Sexual en el sistema educativo para contribuir a una educación integral que garantice el desarrollo
pleno de la personalidad en el marco de los derechos y libertades fundamentales. Sin embargo,
como veremos, la incorporación de la Educación Sexual en la escuela se mantiene como un “caso
abierto” en nuestro sistema jurídico y en consecuencia continua siendo una “asignatura pendiente”
de nuestro sistema educativo, casi cuatro décadas después de ser ratificada la Carta Magna.